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TRANSPARENCIA ACTIVA

La Auditoría de Ética Pública: una unidad para la defensa de los derechos de la ciudadanía

Creado el día 05/02/2025 0:00:00

Garantizando una gestión pública transparente y eficiente

La Auditoría de Ética Pública: una unidad para la defensa de los derechos de la ciudadanía

Desde 2018 la provincia de Mendoza cuenta, en el esquema de sus organismos de control, con la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública, o de forma más simple, Auditoría de Ética Pública.

Esta unidad, poseedora de los distintos atributos, deberes y obligaciones de un ente de contralor aborda de manera sistémica tres grandes aspectos que hacen a la vigilancia y prevención de la cuestión ética en la cosa pública; pero que también permiten la revitalización de la relación entre Estado y Sociedad: el control patrimonial de los agentes públicos, a través del registro y publicación de declaraciones juradas; el acceso a la información pública por parte de la ciudadanía; y la investigación preliminar administrativa.

Este aspecto relacional con la ciudadanía es tal vez el aspecto que pasa más desapercibido de los alcances de la Auditoría, ya que a priori se piensa que estas unidades sólo se abocan a los grandes casos de corrupción; cuando la riqueza de su función social radica justamente en dar un lugar para la defensa de los derechos de ciudadanas y ciudadanos en relación al vínculo que entablan con lo estatal.

El análisis cuantitativo de reclamos o denuncias que se presentan en la Auditoría de Ética Pública muestra que este tipo de presentaciones representa alrededor del 20% de las tramitaciones anuales que se inician por Mesa de Entradas. Respecto de la caracterización cualitativa aparece una marcada concentración en trámites que se constituyen a partir de reclamos administrativos, como son los derivados del otorgamiento de aptos psicofísicos para la actividad docente; el cobro de legítimo abono (por deudas a favor de terceros por tareas o servicios prestados); o situaciones vinculadas al derecho al riego.  

Hay que destacar que en este proceso suele darse un efectivo reencauzamiento de los reclamos, para ser mediados y resueltos por otros mecanismos oficiales que permiten una importante agilidad para la resolución de los reclamos, como es la consulta directa a la mesa de ayuda de declaraciones juradas; y los procedimientos de acceso a la información pública. Es preciso recalcar que para ello, desde su origen, la Auditoría de Ética Pública ha generado distintas acciones que hacen foco en la prevención, por un lado; y en una fuerte apuesta al acceso a la información pública como instancia previa al reclamo y que ha permitido solucionar de una manera rápida, expeditiva y precisa muchas situaciones.

Respecto de lo preventivo, esta dinámica incluye la vinculación permanente desde las distintas áreas de la Auditoría de Ética Pública con las distintas unidades de la Administración Pública a los efectos de generar condiciones culturales que reduzcan la posibilidad de irregularidades administrativas que pueden surgir por desconocimientos o cuestiones procedimentales mal realizadas. Se incluyen instancias de capacitación y formación a los distintos organismos que se desarrollan en el Plan de Capacitación Permanente de la Auditoría de Ética.

 

En torno al Acceso a la Información Pública, desde 2019 a la actualidad que se hayan presentado 4727 pedidos de información, de los cuales se han respondido 4561 (con una tasa efectiva de respuesta superior al 96%). 

 

Por último, y como síntesis, si se considera la totalidad de las tramitaciones generales de la Auditoría de Ética Pública, al día de hoy se han elaborado 979 dictámenes.

 

¿Cómo denunciar ante la Auditoría de Ética Pública?

El procedimiento de denuncia se encuentra regulado por ley 8993. Debe ser presencial y acreditando identidad, a los efectos de reducir las posibilidades de denuncias falsas y garantizar las condiciones del derecho a defensa. También permite accionar contra quienes presenten denuncias fraudulentas.

 

En caso de presentar denuncias mediante canales electrónicos, con posterioridad se debe concurrir a acreditar identidad y ratificar la misma.

 

La ley 8993 establece que toda denuncia está alcanzada por secreto de sumario hasta el momento de la clausura del proceso investigado.

 

El ámbito de su actuación se encuadra en la investigación preliminar o presumarial administrativa. Cuando las investigaciones están en la órbita del Poder Judicial, la Auditoría de Ética puede actuar como soporte de la justicia aportando información en el marco del proceso de investigación judicial y alcanzada por los secretos de la misma.

 

 

Mgter. Daniel Gonzalez

Subdirección de Acceso a la Información Pública

Auditoría de Ética Pública

 

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